El primer expediente quedó en suspenso en 2008 y el pasado viernes fue de nuevo solicitado por la plataforma 'Toledo, Sociedad, Patrimonio y Cultura', días antes de que Urbanismo viera un PERIM de 7 viviendas en la zona.
La plataforma 'Toledo, Sociedad, Patrimonio y Cultura' remitió ayer miércoles un comunicado de prensa en el que informaban que el pasado viernes, 17 de febrero, depositaron ante la Consejería de Educación, Cultura y Deporte de la JCCM solicitud para la declaración del conjunto 'Baños Árabes y Tenerías' como Bien de Interés Cultural (BIC) en la categoría de Monumento. El escrito fue presentado por Antonio Zárate Martín, miembro de la plataforma.
Esta solicitud se hizo tres días antes de que la Comisión de Urbanismo del Ayuntamiento de Toledo tratara el denominado PERIM de la calle Molinos de San Sebastián, por el cual se pretendía reformar la zona para construir un total de siete viviendas en la parcela anexa a las tenerías árabes de este conjunto arqueológico. Ese punto del día, junto al del hotel de cinco plantas junto al Puente de la Cava, se sacaron a última hora del orden del día de la Comisión por inidicación del concejal responsable del área de Urbanismo, José Pablo Sabrido.
La plataforma ha expresado también su mayor sorpresa al comprobar que el expediente incoado para su aprobación como BIC, iniciado en 2008, quedó en suspenso sin llevarse a término por parte de la administración.
Desde la plataforma aclaran que los Baños Árabes y Tenerías de San Sebastián son un conjunto patrimonial de la ciudad de Toledo, situado al Sur de su Casco Histórico, en la zona conocida como derrumbaderos o rodaderos de La Cornisa, entre las Carreras de San Sebastián, Bajada de los Molinos de San Sebastián y la Plaza de los Molinos de San Sebastián, por donde tienen su entrada tanto los Baños de San Sebastián de Yuso como las Tenerías, accediéndose a los Baños de San Sebastián de Suso por un camino público que sale de las carreras de San Sebastián y enlaza con la senda ecológica del río Tajo.
Además, afirman que «todo ello se encuentra en una zona de valor ambiental lindante con el Tajo, en contacto con la zona de dominio público hidráulico y con probabilidad de inundación, por lo que le sería aplicable la legislación de medioambiente y patrimonio natural, así como las prevenciones paisajísticas y las obligaciones de protección para la administración derivadas de la declaración de Toledo como Ciudad Patrimonio de la Humanidad por la Unesco».
Por otro lado, consideran que «la aprobación de este PERIM por el Ayuntamiento entraría en absoluta contradicción con las reiteradas declaraciones de la alcaldesa en favor de la recuperación de las márgenes del Tajo, de sus valores medioambientales y arqueológicos».
Añaden que los tres elementos para los que se solicita su declaración como BIC con categoría de monumento, ya fueron objeto del oportuno expediente por parte del Director General de Patrimonio y de Museos de la JCCLM para incoar la declaración de los tres citados bienes como Bienes de Interés Cultural con categoría de su monumento (Resolución 11-07-2008, de la Dirección General de Patrimonio y Museos), publicada en el D.O.C.M. Núm. 151, 22 de julio de 2008, y en el BOE nº 215, de 5 de septiembre de 2008.